El cambio de administrador de la comunidad de propietarios
El cambio de administrador de la comunidad de propietarios
El cambio de administrador de la comunidad de propietarios, es una cuestión que muchas veces genera una incertidumbre importante a los vecinos. Por una parte como hacerlo, y por otra que repercusiones va a tener para la comunidad. Debemos quitarnos esos miedos y pensar que es un servicio más, al igual que puede ser el seguro comunitario o la empresa de limpiezas. El servicio de administración de fincas, por medio del administrador, ciertamente tiene un componente especial ya que forma parte de la junta rectora de la comunidad, y por lo tanto deberemos seguir unos pasos concretos que nos va a marcar la Ley de Propiedad Horizontal, pero por lo demás, no supondrá ningún problema para la comunidad, ya que el administrador entrante y saliente, se encargarán de todos los trámites.
Se puede cesar de su cargo al administrador de dos formas:
- En la junta ordinaria de propietarios.
- En junta extraordinaria de propietarios.
En el primero de los casos, debemos saber que todas las juntas ordinarias de propietarios, incluyen obligatoriamente el punto de “renovación de la junta rectora”, dentro de la cual se encuentra el administrador. Por tanto, podremos, al igual que elegimos el presidente para el año, votar el cese del administrador, y por mayoría simple, destituirlo de su cargo. Es conveniente tener elegido ya previamente quien va a ser nuestro nuevo administrador, para por mayoría simple también, elegir que va a ser el nuevo administrador de la comunidad. Al estar el administrador cesado presente en la junta, ya se le considera avisado y se le marca un plazo de unos días para preparar la documentación de la comunidad y entregarla al nuevo Administrador de fincas.
La segunda fórmula, será celebrar una junta extraordinaria. Deberá convocarla el presidente de la comunidad o el 25% de los propietarios de la comunidad, y pondremos como único punto del día “cese del actual administrador y elección del nuevo administrador si procede”. En dicha junta, deberemos exponer los motivos por los cuales cesamos al administrador de la comunidad, y someterlo a votación (mayoría simple), y en caso de que se decida el cese, elegir al nuevo administrador, también por mayoría simple. Deberemos de justificar el cese del administrador, ya que si fuera por capricho de la comunidad y no por un incumplimiento de sus funciones, éste podría reclamar a la comunidad los honorarios desde la fecha del cese hasta la fecha de la celebración de la junta ordinaria de la comunidad.
En nuestro sitio web pueden encontrar información de los servicios que ofrecemos a su comunidad. Administración de Fincas FINCAS CASAS
Pueden ver todos los temas de nuestro blog pulsando aquí
Texto original por Fincas Casas. Administración de comunidades en Burlada, Pamplona, Huarte, Villava, Noáin, Berriozar. Administración de fincas en Noáin, Huarte, Villava, Burlada, Pamplona, Berriozar Sarriguren. Administrador colegiado en Pamplona, Huarte, Burlada Noáin, Ansoáin, Berriozar.